
El Servicio de Rentas Internas (SRI), en el marco de su proceso de simplicidad tributaria y para garantizar la adecuada recepcin de anexos y declaraciones con vencimiento febrero de 2020, modific, por nica vez, los respectivos plazos de declaracin y pago.
Segn el artculo 1 de la Resolucin NAC-DGERCGC20-00000008, los contribuyentes que deben presentar en febrero de 2020 el Anexo Transaccional Simplificado correspondiente al perodo diciembre 2019, se acogern por nica vez a los plazos previstos en el siguiente calendario:


Segn el artculo 2 de la misma Resolucin los contribuyentes que deben presentar en febrero de 2020 el Anexo de Gastos Personales correspondiente al ejercicio fiscal 2019, se acogern por nica vez a los plazos previstos en el siguiente calendario:

Asimismo, de acuerdo al artculo 3 de la Resolucin los contribuyentes que deben presentar declaraciones cuyo vencimiento sea en febrero de 2020, por nica vez se acogern a los plazos previstos en el siguiente calendario, mismo que tambin rige para el pago de los impuestos atribuidos a dichas declaraciones:

La extensin de plazos no aplicar para la declaracin y pago de tributos cuyo plazo de presentacin no se encuentra atado al noveno dgito del Registro nico de Contribuyentes (RUC) o de la cdula de identidad; en ese caso, se debern observar los plazos de declaracin y pago previstos en la normativa vigente.